Debido a la pandemia provocada por el nuevo virus COVID-19, la operación de los tribunales locales se suspendió y, en consecuencia, los plazos procesales, acotando su atención a los casos urgentes. En ese sentido, el Poder Judicial de la Ciudad de México durante el periodo de suspensión operó por medio de guardias y únicamente dio trámite a procedimientos relativos a casos de alimentos, violencia familiar o de género.
La suspensión de actividades comenzó el miércoles 18 de marzo de 2020, inicialmente contemplaba retomar actividades el 20 de abril del presente año, sin embargo, debido a las circunstancias que hemos experimentado en el país por la pandemia, el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, mediante acuerdos en diversas ocasiones, amplió el periodo de suspensión.
No obstante, con la llegada de la llamada nueva normalidad, el pasado 10 de junio el Consejo de la Judicatura emitió una circular en la que especifica los lineamientos que se deberían seguir a partir del 1° de julio de 2020, fecha en la que se levantaría la suspensión de labores, no obstante, mediante acuerdo emitido el día 24 de junio lo aplazó al 3 de agosto.
En el primer día de labores los juzgados con números nones comenzarán la atención al público a puerta abierta, mientras que los juzgados pares laborarán a puerta cerrada; al día siguiente se invertirá el proceso y continuará de esa manera en forma sucesiva y alternada hasta nuevo aviso.
Los términos y plazos procesales correrán normalmente; los juzgados que laboren a puerta cerrada no recibirán promociones, si un término venciere cuando el órgano jurisdiccional se encuentre laborando a puerta cerrada el escrito se deberá presentar ante la Oficialía de Partes Común posterior al horario de labores del órgano jurisdiccional.
En cuanto a las audiencias, para los juzgados civiles y familiares de proceso escrito de oficio, se reagendarán en los días que laboren a puerta abierta. Por lo que hace a los juzgados civiles y familiares de proceso oral, las audiencias se señalarán los días que laboren a puerta cerrada.
Al acudir al órgano jurisdiccional para el préstamo y consulta de expedientes, prevé se deberá permitir la entrada de tres a diez personas, exhortándolas a reducir el tiempo de consulta mediante el uso de herramientas tecnológicas, como sería la toma de fotografías del expediente.
En las diligencias de emplazamiento, la sentencia que condene al arrendatario de casa habitación a desocuparla, así como el auto de su ejecución y cualquier otro que se estime urgente, se realizarán por la o el oficial notificador o, secretario actuario, únicamente con el acompañamiento de la persona interesada o representante legal.
En referencia a las diversas notificaciones de carácter personal, en la circular se exhorta a las y los juzgadores reforzar el uso de medios electrónicos, contemplando, previa autorización del justiciable, se realicen por número telefónico, correo electrónico o cualquier otro medio para la recepción de mensajes de texto e incluso aplicaciones de mensajería móvil como WhatsApp.
Para el envío y recepción de cartas rogatorias, exhortos y oficios se ordena privilegiar los medios electrónicos, siempre que sea jurídica y tecnológicamente factible.
Asimismo, durante las primeras cuatro semanas laborables, como iniciativa para reducir la asistencia de público a las oficinas del Poder Judicial de la Ciudad de México, éste habilitará el uso gratuito de su plataforma electrónica denominada Sistema Integral para la Consulta de Resoluciones, mejor conocida como SICOR.
Los lineamientos antes mencionados operarán de manera indeterminada hasta que sea emitido un nuevo pronunciamiento al respecto por el Consejo de la Judicatura.
Estamos a sus órdenes ante cualquier duda referente a la nueva normalidad en el funcionamiento y operación de los tribunales de la CDMX.
Referencias
CIRCULAR CJCDMX- 18/2020, emitida el 10 de junio de 2020 por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México.